Puertas en las montañas, ese es el paisaje que vecinos y caminantes se han encontrado al subir el cerro del Majuy. “Yo tengo 62 años de vivir aquí, soy tenjano, toda mi vida he subido a la montaña y siempre ha sido vía pública hasta Babilonia, y de ahí hasta las antenas, ¿desde cuando es privada?”, se pregunta Pompilio Hernández. El caso del Majuy empezó con denuncias por presunto daño ambiental y terminó abriendo un debate sobre el uso del suelo, la propiedad del acceso y la competencia de las autoridades para actuar. Los documentos revisados muestran una ruta de quejas ciudadanas que iniciaron en 2024, visitas técnicas, respuestas oficiales y una audiencia pública que aún deja preguntas abiertas sobre el territorio.
La discusión gira alrededor de dos hechos: la instalación de una puerta en el camino al Majuy o vía a las antenas, y la construcción de estructuras en el predio conocido como La Carolina Lote 3. En respuesta a una consulta interna, la Secretaría de Urbanismo indicó el 30 de septiembre de 2025 que en sus bases de datos “no registra dentro de dichas bases algún bien de uso público a nombre del Municipio de Tenjo con destinación a vía pública”. Esa conclusión fue clave para la Inspección de Policía, que después sostuvo que no había soporte oficial para tratar ese tramo como una vía pública.
La denuncia ambiental
Luego, el 15 de octubre de 2025, la ciudadanía radicó ante la CAR una queja por presunto daño ambiental en el Cerro El Majuy, descrito como área de reserva forestal protegida y parte del POMCA. La denuncia advertía que el dueño del predio ‘La Carolina’ continuaba construyendo “sin licencia” y que se habían hecho senderos y obras que afectan el suelo nativo del cerro. Frente a esa queja, la CAR informó primero que ya existía un trámite vigente sobre hechos similares y después confirmó que el radicado se acumularía al expediente 112049, abierto desde febrero de 2025 por los mismos hechos.

La Inspección de Policía informó el 5 de noviembre de 2025 que había recibido una denuncia por daño ambiental y que se habían programado dos visitas de verificación, pero no fue posible practicarlas porque no había personas presentes en el lugar. Más adelante, el 13 de noviembre, sí se realizó una visita técnica al predio ‘La Carolina’, lote 3. El informe dejó constancia de que se observaron “dos cabañas construidas en madera”, ubicadas en la parte alta del terreno, con terraza, habitación y baño, destinadas a la ocupación humana. El mismo documento señaló que las estructuras no estaban contempladas en la Resolución 222-2024 y que el predio se ubica en una zona catalogada como Sistema Nacional de Áreas Protegidas, conforme a la Zonificación Ambiental POMCA Río Bogotá – Año 2019. Con base en ello, la Inspección remitió un informe a la CAR el 27 de noviembre de 2025 para que esa autoridad verificara si las construcciones se ajustaban a los usos permitidos. Ese mismo día, la Inspección respondió de manera final al radicado de la denuncia ambiental y ratificó que esperaba las actuaciones de la CAR para definir los pasos siguientes.
En paralelo, la Inspección resolvió la queja sobre la puerta instalada en el camino al Majuy. Afirmó que no encontró registro alguno que acreditara la existencia de una vía pública en el sector adyacente al predio identificado con cédula catastral y añadió que, aunque el camino haya sido usado históricamente por la comunidad, ese uso “no constituye, por sí mismo, un reconocimiento formal como bien público”.
El 8 de enero de 2026, la Inspección respondió nuevamente a la comunidad de la vereda El Chacal y reiteró que la situación ya había sido objeto de estudio previo. También dijo que, mientras no hubiera un nuevo informe técnico de Planeación, no podía adelantar actuaciones adicionales en el marco de sus competencias.
El 28 de mayo de 2026 se realizó una Audiencia Pública sobre esta problemática en la Inspección de Policía de Tenjo. En el acta se registra que asistieron representantes de la comunidad, de juntas de acción comunal, de la veeduría ciudadana y de otros sectores sociales interesados en el impacto ambiental en el Majuy. Allí, el inspector explicó que se haría una visita inmediata al terreno para determinar los metros cuadrados de la infracción y completar el trámite de sanción.
El acta también deja claro que la competencia ambiental sobre posibles afectaciones corresponde a la CAR, mientras que la Inspección avanzaría en el componente urbanístico. En esa misma reunión se habló de presuntas sanciones, de prescripción y de la necesidad de que la comunidad se vincule como veedora formal dentro del proceso.
Hasta el cierre de los documentos, el caso sigue abierto en lo ambiental y en lo urbanístico. La CAR ya acumuló las quejas al expediente 112049, la Inspección de Policía ya documentó hallazgos en el predio y el debate sobre el carácter público o privado del acceso continúa sin una definición distinta a la ofrecida por Urbanismo. En el Majuy, el conflicto no solo es por una obra o por una puerta: también es una disputa por el sentido del territorio, el acceso y la protección ambiental.